El Tribunal Supremo ha puesto fin a la incertidumbre sobre el permiso retribuido de cinco días por hospitalización o enfermedad grave de un familiar. En una reciente sentencia, el alto tribunal establece que este permiso puede disfrutarse íntegramente mientras subsista la necesidad de cuidados, aunque el familiar reciba el alta hospitalaria. Sin embargo, si se emite el alta médica, el derecho al permiso se extingue, al desaparecer la causa que lo justifica.
El Supremo distingue entre el alta hospitalaria (salida del centro médico) y el alta médica (fin de la atención sanitaria), señalando que solo esta última elimina el derecho al permiso. Además, recuerda que el objetivo de este derecho no es únicamente acompañar al familiar, sino también prestar cuidados o realizar gestiones derivadas de su estado de salud.
Así, aunque el convenio no imponga una duración mínima de hospitalización, el permiso puede mantenerse más allá del ingreso si persiste la necesidad de atención. En caso contrario, y si existe alta médica, puede finalizar antes del máximo de cinco días.
Con esta sentencia, el Tribunal corrige la interpretación del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y marca doctrina para futuras disputas laborales, obligando a las empresas a ajustar su práctica a esta interpretación más restrictiva pero ajustada al sentido de la norma.