En los últimos tiempos, las monedas digitales han ganado popularidad como una forma alternativa de inversión y transacción. Sin embargo, con esta creciente adopción, también ha surgido la necesidad de regular y declarar estas criptomonedas ante las autoridades fiscales. En 2024, esto se ha vuelto obligatorio en España, según lo establecido por el RD 249/2023, de 4 de abril, que trae consigo modificaciones legales para cumplir con la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, especialmente en lo que respecta a las criptomonedas.


Obligación de Declarar Criptomonedas y Monedas Virtuales

Desde el 1 de enero de 2024, todas las personas y entidades residentes en España que posean monedas virtuales y realicen operaciones con ellas deben informar a Hacienda sobre estas transacciones.

¿Quiénes Deben Declarar?

En términos generales, están obligados a declarar las criptomonedas en su Declaración de la Renta:

  • Personas y entidades residentes en España.
  • Establecimientos permanentes en territorio español de personas o entidades residentes en el extranjero, que proporcionen servicios relacionados con las criptomonedas.

Esto incluye operaciones como adquisiciones, transmisiones, permutas y transferencias de monedas virtuales, así como cobros y pagos realizados con ellas.

Criptomonedas en el Extranjero

También es obligatorio declarar las monedas virtuales situadas en el extranjero. Esto se aplica a residentes en España, establecimientos permanentes en el país, titulares, autorizados o beneficiarios de estas criptomonedas.

Multas y Sanciones

Ocultar criptomonedas en el extranjero puede acarrear multas de hasta 20.000 euros, además de sanciones por datos incorrectos u omisión de información, con multas fijas y porcentuales que podrían aumentar el importe de la operación. Las multas por no declarar criptomonedas también son significativas, llegando hasta los 5.000 euros por cada criptomoneda no declarada.

Procedimiento para Declarar Criptomonedas

El procedimiento general para la declaración de criptomonedas será mediante la declaración de la Renta. La Agencia Tributaria ha introducido nuevos formularios para su declaración. Es necesario detallar transacciones realizadas, valor de adquisiciones y fechas correspondientes. Además, se deben incluir los tipos impositivos aplicables según la base imponible del ahorro.

Los tipos impositivos aplicables a estas ganancias serán, en función de la base imponible del ahorro de:

  • Con menos de 6.000 euros: tributarás un 19% de IRPF.
  • Entre 6.000 y 50.000 euros: tributarás un 21% de IRPF.
  • Entre 50.000 y 200.000 euros: deberás tributar un 23% de IRPF.
  • Más de 200.000 euros: tendrás que tributar un 26% de IRPF.

Además, a lo largo del año 2024 será obligatorio declarar los saldos en criptomonedas que superen los 50.000€ mediante los Modelos 172 (saldo de monedas virtuales), 173 (operaciones realizadas) y 721 (criptomonedas situadas en el extranjero)

Futuras Regulaciones y Medidas

El Ministerio de Hacienda está considerando la posibilidad de embargar criptomonedas para el cobro de deudas, lo que requeriría reformas legales. Además, se espera que la Agencia Tributaria regule el rastreo de transferencias de criptomonedas para cumplir con las normativas de la Unión Europea antes del 31 de diciembre de 2025. Este rastreo se centrará en dos aspectos:

  • Imponer a los proveedores de servicios que operen con monedas digitales la obligación de revelar la identidad de las personas que invierten en criptoactivos.
  • Las entidades financieras deberán proporcionar información, a través de un intercambio automático con las autoridades fiscales, sobre las personas o entidades que estén obteniendo ingresos derivados de la transacción de criptomonedas.

En resumen, la declaración de criptomonedas es ahora un requisito legal en España, con consecuencias significativas para aquellos que no lo cumplan. Es fundamental comprender estas obligaciones y procedimientos para evitar sanciones financieras y legales.

Fuente: Grupo 2000